Categories
Articulos

¿Omiso en la SAT?

El término omiso es utilizado por la Administración Tributaria para catalogar a un contribuyente que no ha cumplido con sus obligaciones formales y sustanciales correspondiente a uno o varios periodos, según el tipo de impuesto u obligación tributaria; esta omisión repercute en el pago de una sanción de conformidad con lo establecido en el Decreto 6-91 del Congreso de la República, Código Tributario y sus Reformas y las leyes específicas.

En el caso que la omisión correspondiera al Impuesto al Valor Agregado, Retenciones del Impuesto Sobre la Renta o Retenciones del Impuesto al Valor Agregado, la multa puede ser hasta del 100% del impuesto omitido.

Emite inconvenientes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; en CF Integrales le asesoramos para solventar su situación ante la Administración Tributaria.